Asilo y permiso de residencia por Arraigo ¿son compatibles?

publicado en: Asilo, ES, Extranjería, Residencia | 0

¿Es compatible ser solicitante de asilo y tramitar la residencia por arraigo en España?

Un solicitante de asilo en España, mientras se resuelve su solicitud, tiene derecho a residir en España y estar documentado. No podrá ser expulsado, e incluso tendrá derecho a trabajar.

Si la solicitud de asilo se resuelve favorablemente, no tenemos más preguntas. Pero…

¿QUÉ OCURRE SI ME DENIEGAN LA SOLICITUD DE ASILO?

Ahora bien, si la solicitud de asilo es denegada, y el solicitante ha recurrido la resolución, mientras tanto, ha permanecido en España durante casi 3 años a la espera de dicha resolución, ha adaptado su vida a este país, cuenta con un empleo… ¿puede solicitar una residencia por circunstancias excepcionales – arraigo social?

La respuesta es sí. La ley 4/2000 y su Reglamento NO limitan la condición de «la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de 3 años» a una estancia irregular.

Ahora bien, en la práctica nos encontramos con el siguiente problema. Si la resolución denegatoria de asilo está recurrida, las oficinas de extranjería consideran que el trámite persiste y se niegan a tramitar el permiso de residencia por arraigo hasta que no se resuelva la solicitud de asilo.

No obstante, existe una resolución del Defensor del Pueblo que indica que estos trámites son compatibles entre sí. Puede leerla pulsando aquí o en la siguiente imagen.

defensor del pueblo

Resolución del Defensor del Pueblo

Esta resolución explica que la cobertura del asilo solicitado es más amplia que la del permiso de residencia, ya que, además del derecho de residir y trabajar, protege de la posible persecución por parte del Estado de procedencia del solicitante.

Nuestro despacho, Kvasnevska & Partners, ha tramitado y sigue tramitando multitud de solicitudes de asilo. No sólo de los ciudadanos recién llegados a España, sino también de los residentes extranjeros que se han visto perseguidos, ya encontrándose viviendo en el territorio español (normalmente por razones de persecución política).

Este tipo de solicitudes se admiten a trámite a pesar de tener tarjeta de residencia, porque la solicitud de protección internacional es un escudo contra la persecución y no un mero trámite para regularizarse en España.

Por lo tanto, al igual que se admiten al trámite de asilo las solicitudes de residentes en España, deben ser admitidas las solicitudes de residencia de los solicitantes de asilo.


Síganos para mantenerse informado!

Facebook Kvasnevska & Partners Abogados
Instagram Kvasnevska & Partners Abogados

Si se encuentra con la dificultad de tramitar su residencia por arraigo siendo solicitante de asilo, o tiene dudas sobre la solicitud de protección internacional siendo residente en España, no dude en acudir a nuestro despacho.

Escríbanos. Le responderemos con la mayor brevedad posible.

    Amplíe sus conocimientos sobre extranjería

    asilo
    permiso de residencia
    nacionalidad española